Subvenciones y Ayudas Varias

Artículo 1. Estudios para los que se convocan becas.
1. Se convocan becas de carácter general para el alumnado que, en el curso académico 2012-2013 curse alguno de los estudios siguientes con validez en todo el territorio nacional:
1) Primer y segundo cursos de bachillerato.
2) Formación Profesional de grado medio y de grado superior.
3) Enseñanzas artísticas profesionales.
4) Enseñanzas deportivas.
5) Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
6) Enseñanzas artísticas superiores.
7) Estudios religiosos superiores.
8) Estudios militares superiores.
2. Se convocan becas de movilidad para el alumnado que, en el curso académico 2012-2013 curse alguno de los estudios a que se refieren los números 6) y 7) anteriores en modalidad presencial y curso completo en centros ubicados en comunidad autónoma distinta a la de su domicilio familiar.
Artículo 2. Estudios para los que se convocan ayudas.
Se convocan ayudas al estudio para el alumnado que, en el curso académico 2012-2013 curse alguno de los estudios siguientes con validez en todo el territorio nacional:
1) Cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional impartidos por centros públicos y en centros privados concertados que, además, tengan autorizadas las enseñanzas de formación profesional.
2) Programas de cualificación profesional inicial.

1. Se convocan por la presente resolución becas para estudiantes que en el curso académico 2012-2013, cursen en centros españoles enseñanzas universitarias con validez en todo el territorio nacional.
2. De conformidad con el artículo 4.1 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, para ser beneficiario de las becas y ayudas al estudio que se convocan por esta Resolución será preciso:
a) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda.
b) Cumplir los requisitos básicos establecidos en el Real Decreto 1721/2007, así como los que se fijan en el Real Decreto 1000/2012, de 29 de junio y en esta convocatoria.
c) Estar matriculado en alguna de las enseñanzas del sistema universitario español que se enumeran en el artículo 3 de esta convocatoria.
d) Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En este último caso se requerirá que el propio estudiante o sus sustentadores se encontrasen trabajando en España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre de 2011.


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