Los centros de Primaria que hasta ahora desarrollaban actividades dentro del Programa de Apertura de Centros y los de Secundaria que hace tres años ya no disponen de este Programa subvencionado, pueden acogerse a solicitarlo.

Se recuerda a los Centros que la fecha límite para justificar la subvención recibida por el Programa de Apertura de Centros en PRIMARIA del curso 2014-15 acaba el 15 de julio de 2015

información sobre desarrollo local participativo y su aplicación a programas de la Dirección General de Política educativa que puede ser de máximo interés por cuanto puede servir para que se financien actividades  fuera del periodo lectivo en los centros de Primaria y Secundaria. resumimos algunos detalles:

-     Los centros de Primaria que hasta ahora desarrollaban actividades dentro del Programa de Apertura de Centros (estamos pendientes de que se publique la convocatoria del próximo curso, que de salir no sería incompatible con esta información que ahora detallamos) y los de Secundaria que hace tres años ya no disponen de este Programa subvencionado, pueden acogerse a solicitar lo que se adjunta.

-         Se trataría de que las actividades (las mismas u otras) que se estaban desarrollando hasta ahora pudieran seguir haciéndolo a través de esta nueva subvención. Para ello y como  diferencia sustancial con el Programa de Apertura de Centros que solicitaban los propios centros, esto que ahora adjuntamos deben solicitarlo las AMPAS. De tal manera que las AMPAS deberían presentar los proyectos de actividades que deseasen (los actuales o nuevos) a los Grupos de Acción Local (fotografía adjunta), hasta el 3 de septiembre. Se recomienda antes de presentar los proyectos hablar con los grupos para ver posibles adaptaciones previas y que estos pudieran incorporarlas a sus Estrategias locales.

-     Esta financiación depende del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, a través de las Estrategias de desarrollo participativo y los Grupos de Acción Local, cuya normativa y constitución se detallan en los documentos adjuntos.

-         Os recomendamos leer el documento NOTAS SSPP que detalla toda la información. (AA)

Los Centros han recibido esta información desde los Servicios provinciales de educación, que les han solicitado trasladen la información a las AMPAS

Es urgente que contactéis con los Grupos de Acción Local, ya que los plazos para presentarles a ellos los proyectos concluyen el 3 de septiembre

(AA) EL DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO Y SU APLICACIÓN A PROGRAMAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA Y EDUCACIÓN PERMANENTE

¿QUÉ ES EL DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO (DLP)?
 El DLP tiene su origen en la Iniciativa Comunitaria Leader I, que se desarrolló entre los años 1991 y 1993 y a partir de ese inicio esta forma de gestionar los fondos comunitarios se ha implantado tanto el período 2000-2006 como en el 2007-2013.
Hasta el programa anterior 2007-2013 el DLP sólo financiaba actuaciones referidas a la agricultura, ganadería y medio ambiente.  Sin embargo para el período 2014-2020 también pueden financiarse otras actuaciones dirigidas al desarrollo social y que recibirían los fondos del Fondo Social Europeo (FSE).

¿QUÉ SON LOS GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL?
Para poder gestionar esos fondos los Grupos de Acción Local son los actores del sistema.
Podemos aprovechar su existencia para gestionar algunos programas propios del Departamento, como pudieran ser el programa de apertura de centros o la mediación intercultural, por poner sólo dos ejemplos.
La normativa de referencia se inicia con el Decreto 37/2015, de 18 de marzo del Gobierno de Aragón.  Incluye este Decreto la definición y la naturaleza jurídica de los Grupos.
  • Los Grupos de Acción Local son asociaciones sin ánimo de lucro constituidas como partenariados locales entre el sector público y privado, responsables de la elaboración e implementación de estrategias de desarrollo local participativo (EDLP) según un enfoque ascendente (es decir, que se elaboran por los agentes que van a desarrollarlas; el escalón superior las adopta como propias y éste las eleva al órgano decisor para que las incorpore a una estrategia global).
  • Los Grupos actúan en un ámbito inferior al regional y en Aragón coinciden, esencialmente, con la distribución comarcal.
  • Los Grupos están dotados de personalidad jurídica y están compuestos por representantes de los intereses socioeconómicos locales, públicos y privados, en los que ningún grupo de interés concreto puede representar más del 49% de los derechos de voto en la toma de decisiones.
  • Los Grupos son los gestores de las “Estrategias de Desarrollo Local Participativo”, reciben las solicitudes de ayuda que presenten los posibles beneficiarios según las convocatorias que se realicen y presentan y establecen las justificaciones correspondientes.


¿QUÉ GRUPOS DE ACCION LOCAL EXISTEN EN ARAGÓN?
En el BOA nº 94 de 20 de mayo de 2015, se ha publicado la resolución del procedimiento de selección de los Grupos que gestionarán las estrategias durante el período 2014-2020. El anexo de la resolución incluye:
  • Denominación de cada grupo con su ámbito territorial (todos los municipios de referencia del grupo).
  • Asignación de recursos financieros a cada grupo, incluido el importe de FSE para todo el período 2014-2020.
Se adjunta una hoja Excel con todos los grupos reconocidos (datos de representantes, teléfonos de contacto, dirección postal y web).

¿CÓMO PODEMOS APLICAR EL DLP EN NUESTROS PROGRAMAS?
El inicio del nuevo procedimiento consiste en que las AMPAS u organizaciones sociales correspondientes, en colaboración con los centros educativos, contacten con los representantes de los grupos de acción local que interviniesen en su zona.
El AMPA prepararía y presentaría el proyecto de programa de actuación de conformidad con lo que el Grupo estableciese con el fin de que pudiese incorporar la propuesta del AMPA a la estrategia del grupo que esté elaborando.
En resumen:
  1. El proyecto estará liderado por las AMPAS u organizaciones sociales por lo que la financiación será ya directamente a las asociaciones, abonándose directamente por el Grupo previo cumplimiento de las condiciones de justificación que él establezca.
  2. La justificación y elegibilidad de los gastos de los programas será la que se establezca por los Grupos; las condiciones y requisitos que regían hasta el curso 2014-2015 no van a determinar la elaboración del nuevo proyecto ya que los requisitos y las actividades que podrán ser financiadas responderán a lo que determine el Grupo de acción local en su estrategia.
  3. La Orden de 14 de mayo de 2015 (BOA nº 103 de 2 de junio) establece las normas para elaborar las estrategias y realiza la convocatoria para todo el período 2014-2020.  Es decir, los Grupos presentarán sus estrategias en un plazo ya abierto que finaliza el 3 de septiembre de 2015, por tanto las AMPAS han de contactar cuanto antes para que los grupos asuman los programas que éstas les planteen.

¿CUÁLES SON LAS NORMAS QUE NOS INTERESA CONOCER EN RELACIÓN CON DLP?
Se recogen las referencias de todo lo dicho anteriormente para consultarlas.
  • Decreto 37/2015, de 18 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula aplicación de las Estrategias de desarrollo local participativo en la Comunidad Autónoma de Aragón para el período 2014-2020 (BOA nº 58, de 25 de marzo).
  • Orden de 28 de enero de 2015, de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba el procedimiento para la selección de los Grupos de Acción Local candidatos a gestionar las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en el período 2014-2020 y su convocatoria (BOA nº 35, de 20 de febrero).
  • Resolución de 5 de mayo de 2015, del Director General de Desarrollo Rural, por la que se resuelve el procedimiento de selección de Grupos de Acción Local para gestionar las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en el período 2014-2020 (BOA nº 94, de 20 de mayo).
  • Orden de 14 de mayo de 2015, de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas para elaborar las estrategias de desarrollo local participativo aplicables en Aragón en el período 2014-2020, se regula el procedimiento para su selección y se convoca dicho procedimiento (BOA nº 103, de 2 de junio).


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