Artículo 2. Requisitos de los beneficiarios.
1. Podrán acceder a la condición de benefi ciarios las entidades sin fines de lucro legalmente constituidas, con sede en Aragón, con objetivos científi cos, matemáticos o lingüísticos. Cada entidad sólo podrá participar con un único proyecto en la presente convocatoria. (ver BOA)
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