Artículo 1. Estudios para los que se convocan becas.
1. Se convocan becas de carácter general para el
alumnado que, en el curso académico 2012-2013 curse alguno de los
estudios siguientes con validez en todo el territorio nacional:
1) Primer y segundo cursos de bachillerato.
2) Formación Profesional de grado medio y de grado superior.
3) Enseñanzas artísticas profesionales.
4) Enseñanzas deportivas.
5) Estudios de idiomas realizados en escuelas
oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la
modalidad de distancia.
6) Enseñanzas artísticas superiores.
7) Estudios religiosos superiores.
8) Estudios militares superiores.
2. Se convocan becas de movilidad para el
alumnado que, en el curso académico 2012-2013 curse alguno de los
estudios a que se refieren los números 6) y 7) anteriores en modalidad
presencial y curso completo en centros ubicados en comunidad autónoma
distinta a la de su domicilio familiar.
Artículo 2. Estudios para los que se convocan ayudas.
Se convocan ayudas al estudio para el alumnado
que, en el curso académico 2012-2013 curse alguno de los estudios
siguientes con validez en todo el territorio nacional:
1) Cursos de preparación para las pruebas de
acceso a la Formación Profesional impartidos por centros públicos y en
centros privados concertados que, además, tengan autorizadas las
enseñanzas de formación profesional.
2) Programas de cualificación profesional inicial.
1. Se convocan por la presente resolución becas para
estudiantes que en el curso académico 2012-2013, cursen en centros
españoles enseñanzas universitarias con validez en todo el territorio
nacional.
2. De conformidad con el artículo 4.1 del Real
Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el
régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, para ser
beneficiario de las becas y ayudas al estudio que se convocan por esta
Resolución será preciso:
a) No estar en posesión o no reunir los
requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior
nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la
beca o ayuda.
b) Cumplir los requisitos básicos establecidos en
el Real Decreto 1721/2007, así como los que se fijan en el Real Decreto
1000/2012, de 29 de junio y en esta convocatoria.
c) Estar matriculado en alguna de las enseñanzas
del sistema universitario español que se enumeran en el artículo 3 de
esta convocatoria.
d) Ser español, o poseer la nacionalidad de un
Estado miembro de la Unión Europea. En este último caso se requerirá que
el propio estudiante o sus sustentadores se encontrasen trabajando en
España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios, se aplicará lo
dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros
en España y su integración social. Los mencionados requisitos deberán
reunirse a 31 de diciembre de 2011.
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