2. El “Plan Corresponsables” impulsará durante el curso escolar 2021-22, la prestación
de servicios educativos complementarios desarrollados antes y después del horario
lectivo, dirigidos al alumnado y a la comunidad educativa.
3. En los centros públicos que imparten Educación Infantil y Primaria, los servicios
educativos que se desarrollen dentro de esta convocatoria deberán ampliar el horario
de uso de las instalaciones de los centros, ofertando obligatoriamente el servicio de
“Aula Madrugadora” de anticipación de apertura. Así mismo se podrá ampliar el horario
tras la finalización del periodo lectivo de la tarde o, en el caso de centros que desarrollen
el programa de organización de Tiempos Escolares, del periodo de comedor, ofertando
el servicio de “Aula de tarde”.
4. En los centros públicos que imparten Educación Secundaria Obligatoria, los servicios
educativos que se desarrollen dentro de esta convocatoria, deberán ampliar el horario
de uso de las instalaciones de los centros, ofreciendo en horario de tarde actividades
dirigidas al alumnado de 1º y 2º de ESO y encaminadas a la conciliación corresponsable
a través del servicio de “Aula de tarde”.
En el caso de los centros públicos de Educación Especial se podrán ofertar el “Aula
Madrugadora” o el “Aula de Tarde”, de acuerdo con las necesidades de la comunidad
educativa del centro.
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