Tiempos Escolares - Jornada Continua

Se ha publicado la Orden que regula los proyectos de tiempos escolares del curso 2018-2019. Ha sido publicada en BOA el 14 de noviembre y  ha entrado en vigor el 15 de noviembre.
Aprovechamos para recordar algunas cuestiones que nos parecen importantes:
  • Se trata de una Orden que recopila las dos órdenes anteriores en una, y presenta además alguna ligera modificación con respecto a las anteriores. 
  • Se tiene que aprobar el inicio del proceso en un consejo escolar extraordinario, por 2/3 de los componentes, y no se ha podido celebrar antes del 15 de noviembre, fecha de entrada en vigor de la Orden. 
  • Se tiene que hacer público el inicio de la elaboración del proyecto porque este lo realiza una comisión de la que pueden formar parte padres y madres, además de miembros de la AMPA y otros miembros de la comunidad educativa. Esta comisión es nominativa y deben publicarse los integrantes de la misma para que sean conocidos por toda la comunidad educativa y cualquiera pueda dirigirse a ellos para hacer sugerencias de cara a la elaboración del proyecto. 
  • El proyecto debe ser remitido al Departamento de Educación antes de las 14 horas del 13 de diciembre de 2017, para que lo valide una comisión de valoración con fecha límite del 6 de febrero de 2018. 
  • A partir de la validación por parte de la Administración se inicia el proceso de validación en los centros que consta de tres partes:  
    1. Aprobación por 2/3 del claustro. 
    2.  Aprobación por 2/3 del consejo escolar. Recordamos que los 2/3 se refieren a la composición del consejo escolar, no a los asistentes y que los consejeros son cargos electos que solo pueden ser sustituidos  por los candidatos que quedaron en reserva en las últimas votaciones celebradas para todos los sectores representados, previa renuncia de los titulares, excepto el designado por el Ayuntamiento y por la AMPA. El consejo escolar, que suele ser extraordinario, debe celebrarse con un mínimo de 48 h. Se puede pedir voto secreto.  
    3. Aprobación por un 55% del censo de los votos posibles. Tienen voto padre, madre o tutores legales y en el caso de las familias monoparentales tienen doble voto. En el caso de los CRAS se aprobará si lo respalda un 55% del censo  total y además un 55% del censo en al menos 2/3 partes de las localidades integrantes. No votan los padres y madres de alumnado de 6º (salvo que tengan hijos o hijas en cursos inferiores); en Educación Especial votan todos los padres y madres y en los centros que incluyan alumnado de 1º y 2º de ESO, todos, excepto los padres y madres de alumnado de 2º de ESO (salvo que tengan hijos o hijas en cursos inferiores).   
    • Para la información a las familias es importante saber que:
      1.  El equipo directivo elaborará el censo que publicará provisionalmente para que durante cinco días se subsanen errores y se publique censo definitivo.
      2. Debe hacerse público en el tablón de anuncios del centro el nº de votos necesarios para aprobar el proyecto. Para esto se ha de tener en cuenta que las familias monoparentales debidamente acreditadas según la Orden que lo regula y que adjuntamos, tienen dos votos y que el censo se hace por posibles votos, no por personas (tal como aparece en el anexo VI)
      3. Deben respetarse al menos 20 días hábiles como periodo de información a las familias, desde la aprobación en consejo escolar del proyecto validado y la votación de las familias.
      4. El proceso de información a las familias se hará por escrito y lo hará el equipo directivo en coordinación con los representantes de las familias y las AMPAs.
      5.  El centro facilitará espacios  para la celebración de cuantas reuniones se quieran promover con el fin de explicar el proyecto.
      6. Se puede votar por correo certificado, hay que solicitarlo en secretaría del centro y se hará mediante doble sobre. Estos votos se volcarán en la urna de los votos presenciales al finalizar dicha votación para hacer recuento de todos y deberán llegar al centro antes de que esta concluya para que sean válidos.
      7.  Las votaciones presenciales pueden celebrarse el 13, el 14 o el 15 de marzo y para ello se constituirá una mesa en la que estará el director o directora, un representante de la AMPA y dos representantes de padres y madres del consejo escolar elegidos a sorteo. Se pueden nombrar sustitutos para garantizar siempre presencia en la mesa de representantes de padres y madres.
      8.  El horario de la votación presencial debe ser consensuado para facilitar el voto de todos los integrantes del censo

      Desde FAPAR queremos insistir en que teniendo en cuenta que es, de momento, el único proyecto que se expone a la opinión de todas las familias:
      •  A las AMPAs que estemos vigilantes para que se cumpla la normativa vigente.
      • Que el proyecto se facilite a todas las familias por los medios que se consideren oportunos (informáticos, via web o redes sociales y copia en papel en el centro y en la AMPA) y que las asambleas o reuniones informativas se celebren con tiempo suficiente para que las familias hayan leído los proyectos, de modo que en las reuniones se puedan plantear las dudas que surgieran o se puedan demandar las aclaraciones que se consideren.
      •  A las familias que lean los proyectos, que se valoren en el contexto de cada centro y que los debates se centren en los mismos, pensando en la afección al conjunto de la comunidad educativa.
      • Respeto y debate sereno, escuchando todas las posturas.

      Adjuntamos enlace a nuestra web con una nota de valoración de la nueva convocatoria, así como de las noticias que el Departamento ha transmitido relacionadas con la evaluación del primer curso escolar de Proyectos de Tiempos Escolares aprobados en los centros



      Estamos a vuestra disposición para cualquier aclaración que necesitéis, igual que el correo habilitado por el Departamento para este tema tiemposescolares@aragon.es


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