La norma que
establece el currículo de la Educación Primaria y la que regula la Formación
Profesional Básica provocan conflictos a los que los textos legales no dan
solución alguna.
La oferta seguirá dependiendo de las comunidades autónomas, a las que la
norma, como novedad, les ha conferido la facultad de poder establecer criterios
de admisión adicionales: la edad, la situación de estudios y las posibilidades
de continuación en el sistema educativo. Habrá que esperar a que se
instrumenten efectivamente en los procesos de admisión correspondientes para
valorar si suponen un nuevo factor de discriminación o no.
El texto no establece ninguna condición de escolaridad específica ni prevé
ratios menores a las fijadas con carácter general para la Secundaria (30
alumnos con posibilidad de incremento hasta un 10%). Tampoco se contempla una
consideración especial a la tutoría, para la que se proyecta, al igual que en
otras enseñanzas, una hora semanal.
Por su parte, el Real Decreto que fija los contenidos del currículo de
Primaria, publicado unos días antes que el Real Decreto de Formación
Profesional Básica, no aporta novedades significativas respecto a lo
reseñado en la Ley Orgánica 8/2013 de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).
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